El derecho de los jueces

Columnas de Opinión
Tamaño Letra
  • Smaller Small Medium Big Bigger

Escrito por:

Luis Tabares Agudelo

Luis Tabares Agudelo

Columna: Opinión

e-mail: tabaresluis@coruniamericana.edu.co


La principal consideración hoy en Colombia es que el sistema penal acusatorio colapsó, y a renglón seguido se les pasa toda la culpa a los jueces penales de la república. 
Si se trata de buscar culpables  podríamos decir que se debe a como se armó el sistema. Decir que colapsa debido a que estaba diseñado para que el 90% fueran allanamientos y preacuerdos, o sea, sentencias anticipadas. Y, el 10% fueran juicios. Hoy es totalmente lo contrario con el  agravante que se llenaron las cárceles del país.

Por la Constitución política de 1991, el juez de garantías es el funcionario que decide las medidas de aseguramiento. El fiscal debe hacer la petición pero además allegar los elementos materiales probatorios. Cuando no lo hace o no son suficientes o no convincentes, tendrá una decisión adversa. Si el juez llegase a mantener a una persona privada de la libertad por fuera de los requisitos legales que establece la norma para poder dictar una medida contra ella  -digamos que por presión de la ciudadanía, de la fiscalía o porque lo piden los medios de comunicación-  existe la  posibilidad de una acción constitucional especial de protección: Abbas corpus, se instaura ante  juez superior que va a revisar el expediente para detectar irregularidades y si las encuentra ordenará la libertad e investigación al juez que lo mantenía detenido. Lo mismo sucede con que cada tipo penal trae una pena que va de menor a mayor, si la persona no tiene antecedentes y la fiscalía no le imputa circunstancias de mayor punibilidad, el juez no podrá salirse de la pena mínima porque le violaría el debido proceso o el derecho de defensa. Es acá donde no logramos entender y entonces salimos a hablar mal de los jueces. Olvidando que el legislador es quien coloca las penas a los tipos penales.

A pesar del esfuerzo del Legislativo y de los jueces porque prime la libertad, en Colombia una detención preventiva puede terminar en un carcelazo de hasta de cinco años, esto nos da el estigma a nivel internacional de país carcelero, que hace leyes basado en que un carcelazo no se le niega a nadie. Es decir, hace un proyecto de ley por cada escándalo que se presente. Por esta razón en el país un carcelazo es sinónimo de justicia. Mientras tanto, solo quienes llevan años encerrados en una cárcel esperando muchas veces un juicio justo se dan cuenta que allá no se llega a resocializarse. De hecho, si no ponen de su parte salen peor que como entraron. Puede entrar un inocente y salir un delincuente.  A raíz de esto, debemos empezar por entender que la solución al problema carcelario en Colombia no es de reformas sin sentido ni la construcción de más cárceles.  Podríamos empezar a pensar como una democracia sólida garante de la libertad, de la presunción de inocencia y, además aplicar uno de los principios del derecho penal: la rehabilitación. La ley penal en Colombia  produce sufrimiento al ser humano en su aplicación. Y su principal objetivo, la resocialización no se cumple.

Y por último, la investigación sigue siendo muy frágil, muy débil. Pero además, no logro entender que la fiscalía sea el ente que investigue a los jueces. Entonces,  se está presionando o amenazando con abrirles investigación. Los jueces siempre están  al margen que se les investigue penal o disciplinariamente. Sin olvidar que no es la fiscalía general de la nación la que decide las medidas de aseguramiento.