La pena como consecuencia del delito

Columnas de Opinión
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Escrito por:

Alfonso Lopez Carrascal

Alfonso Lopez Carrascal

Columna: Pedagogía Constitucional

e-mail: lopezcarrascal@yahoo.com



La penología moderna aboga por penas alternativas, especialmente para los delitos menores y otros siguiendo la herencia colonial española creemos que la pena intramural o carcelaria es la solución a nuestros problemas sociales, políticos y económicos.

La concepción que se tiene hoy de la pena judicial no debe ser la de castigo, sino de rehabilitar a ese hombre que llegó al delito y es aquí cuando realmente se exige de un nuevo sistema penitenciario, que no se limite a la perdida de la libertad y otros derechos fundamentales como la locomoción o la de ser cabeza de familia entre otros derechos afectados.

El abuso de la detención preventiva ha abierto una gran brecha en el presupuesto nacional ante la cantidad de demandas de reparación directa contra la nación. Lo que pasa es que se abusa de esa medida cuando el aspecto subjetivo es el dominante para un juez unipersonal falible por cierto.

Ya no hablamos como en viejos tiempos de la pena de galeras, pena de muerte judicial, presidio, o de deportación al exterior. Apenas se habla de prisión y las cárceles no dan abasto al hacinamiento de internos, cuando si pensamos volver la cárcel en una fábrica, habría fuente de empleo y se le daría al interno seguridad social en salud y pensión y las ganancias se repartirían por iguales partes entre el Estado, la familia de la víctima y el interno para bien de la suya.

No podemos seguir auspiciando una cárcel ociosa, en que solo algunas actividades laborales se le conceden al condenado como redención de pena.

Acaso un sentido de correccional de la cárcel ¿Recordemos en el siglo XVII al Papa Clemente XI que creó el hospicio de San Miguel y con destino de huérfanos , ancianos inválidos y jóvenes delincuentes o reacios a la disciplina. Se daba entonces un sistema correccionalista, por ejemplo un aislamiento celular nocturno, trabajo comunitario diurno en absoluto y castigos corporales si llegare a ello.

La fase correccional es el origen de la prisión. Dice Foucault, que la prisión nace como una reacción de la burguesía contra la clase social indefensa o dominada. Sin embargo, en Colombia estamos asistiendo al espectáculo de que personas que nunca llegarían a la prisión están llegando, lo que indica que nadie está a salvo de ella, cuando de delinquir se trata.

En tiempos del amigo de Santander Jeremías Bentham se habla de panóptico con base en un establecimiento que diera seguridades y procurar su reforma moral con medios nuevos de asegurar su buena conducta y de proveer a su subsistencia luego de su liberación del interno.

El panóptico buscaba de manera sutil además de la reforma moral del interno que tuviera nuevas condiciones de vida. Hoy la sanción debe estar individualizada bajo la ley dentro de un sistema de cuartos, salvo cuando en el nuevo sistema penal acusatorio se llegue a un acuerdo o preacuerdo.

Nuestra ciudad tuvo o ha tenido centros carcelarios en el Morro en tiempos de los españoles, el mismo edificio de la Alcaldía Distrital donde estuvo Nariño, el edificio del colegio Hugo J. Bermúdez o de las catorce ventanas y el actual centro carcelario Rodrigo de Bastidas. Creemos que dicha cárcel debe ser llevada por una nueva construcción a otra parte de la ciudad como por ejemplo en la nueva vía a Ciénaga.

No es lógico y atento contra la seguridad que se encuentre hoy en plena ciudad. Hay que abogar por limitar la detención preventiva, para que en la cárcel estén los que debe estar y no los inocentes o de penas menores. Debe haber penas alternativas si queremos avanzar.