Caída libre

Columnas de Opinión
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Escrito por:

José Lopez Hurtado

José Lopez Hurtado

Columna: Opinión

e-mail: joselopezhurtado13@yahoo.es



La tormentosa vida política de América Latina , durante y después de las dictaduras militares que sembraron de tragedia y sangre nuestros pueblos, de las guerras civiles y conflictos internos, con sus desapariciones, torturas y desplazamientos, que hoy aún subsisten, tiene un eje obligado de referencia, que se remonta a 404 A.C., y que se relaciona con la figura utilizada por Trasibulo para sacar del gobierno déspota a los llamados Treinta Tiranos de Atenas, y facilitar así, el tránsito a la normalidad, después de un régimen de terror y excesos abusivos.


Hablamos de la Amnistía, (Oamnestia, para los antiguos griegos), como olvido y cuenta nueva.

Que para nuestras realidades se ha traducido en leyes de Obediencia Debida, Punto Final, en Argentina, o de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado (1985), en Uruguay, y que en muchos casos, por no decir que en todos, en lugar de servir a los altos intereses de la justicia para el restablecimiento de los derechos de los ciudadanos, grupos o poblaciones afectadas, han degenerado en la más aberrante impunidad.

La ecuación fatal ha sido en proporción directa: entre más denuncias se han presentado, informes de comisiones in loco, Comisiones de la Verdad, desapariciones, desplazamientos, en esa misma medida, se han expedido leyes de amnistía, que en lugar de despejar, han ensombrecido la historia política del continente, y que hace vergonzoso el uso de cualquier espejo retrovisor antiguo y reciente.

Y en ese juego mortal de intereses, siempre ha existido el choque irreversible entre las leyes de amnistía internas, y el espíritu de las normas superiores previstas en la Convención Americana, en lo que la Comisión I.D.H. y la Corte I.D.H., han tenido un trabajo exhaustivo, pero ineficaz.

El propósito fundamental, antes y ahora, se identifica con la necesidad de buscar la pacificación nacional y la búsqueda de la justicia, en aras de lograr el retorno a la democracia, tras largos periodos de desangre de los países involucrados en esta eterna mancha de violación de los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad.

Pero el balance positivo ha sido demasiado pobre. La CIDH, a partir de 1992 comienza a desarrollar su línea jurisprudencial, resaltando que, puntualmente, en lo concerniente a Uruguay y Argentina, las leyes de amnistía, al privar a las víctimas de su derecho a obtener una investigación judicial en sede criminal que permita individualizar y sancionar a los responsables, se tornan incompatibles con las garantías judiciales establecidas en el Artículo 8 de la Convención Americana y al derecho a la protección judicial del Artículo 25 del mismo estatuto.

Idem El Salvador, en donde el sistema interamericano no ha podido modificar las políticas de los gobiernos democráticos que se han sucedido desde el fin del enfrentamiento armado.

Y Guatemala, en donde la Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH), concluyó que la impunidad “se convirtió tanto en medio como en fin”, por parte del Estado, durante los 36 años que duró el conflicto interno. Y Chile, que mantuvo vigente la ley del olvido de Pinochet hasta 1998.

Y Brasil, en el que a pesar de la “amnistía negociada” como “un compromiso obvio entre la presión de las fuerzas de la oposición y la oposición férrea de los militares”, terminó por favorecer a estos últimos, en su orgía de sangre desde las instancias del Estado.

Y Nicaragua, que a través del Acuerdo de Samoa, entre el gobierno y la resistencia armada, selló un definitivo perdón para los condenados por violaciones de la ley de seguridad pública y los miembros del ejército somocista.

En fin, una novela interminable de impunidad a la sombra de las amnistías, cuyo destino indefectible ha sido, con el paso de los años, la derogatoria por los tribunales internacionales, o por los propios jueces internos, como en caída libre.