Una oportunidad perdida

Columnas de Opinión
Tamaño Letra
  • Smaller Small Medium Big Bigger

Escrito por:

El Pájaro de Perogrullo

El Pájaro de Perogrullo

Columna: Opinión

e-mail: jplievano@outlook.com



Los sentimientos que en este momento debemos tener muchos colombianos son los de tristeza y desesperanza.


Algún autor, que en este momento no recuerdo, decía que los colombianos somos buenos para emprender empresas individuales.

Pero, cuando se trata de realizar proyectos colectivos, que requieren compromisos y entendimientos, fracasamos rotundamente. Por eso, no entendemos, muchos, por qué no se pudo concretar un nuevo acuerdo adecuado y conveniente para todos los colombianos. Y un acuerdo nuevo, adecuado y conveniente no parte de cambiarle al acuerdo anterior, rechazado en las urnas, asuntos cosméticos o hacerle precisiones puntuales o modificar algunos temas, importantes, pero periféricos. Un nuevo acuerdo significa en realidad recoger lo fundamental de la expresión del No, del pueblo soberano, e incorporarlo en el nuevo acuerdo. Así, un nuevo acuerdo final no debe tener como finalidad que las Farc se sientan cómodas con el mismo y lo firmen.

No se trata de firmar por firmar, para que haya paz, sino firmar un acuerdo que garantice de verdad una paz estable y duradera, lograda a través de un amplio acuerdo político nacional. Se trataba entonces de recoger lo fundamental de las opiniones del No, que fue lo que al final del día el pueblo indicó en las urnas. Pero lo más grave de todo lo que está pasando es, sin embargo, la forma como se pretende refrendar el nuevo acuerdo y seguir pretendiendo que el mismo sea parte del bloque de constitucionalidad o de la misma constitución.

No es posible que el Congreso refrende acuerdos con grupos al margen de la ley. Esta facultad no la tiene el Congreso, y si la tuviera, el hecho de haber sido sometido el primer acuerdo a un plebiscito, hace que el segundo acuerdo también deba, necesariamente, ser sometido a un nuevo plebiscito, perdiendo así el Congreso, y cualquier otra autoridad diferente al pueblo, la capacidad de refrendar.

De lo contrario, se le estaría negando cualquier peso a la decisión que ya tomó el pueblo soberano. Respecto a que el acuerdo sea parte del bloque de constitucionalidad o de la misma Constitución, causa preocupación el hecho de que el Gobierno Nacional haya pactado con las Farc introducir el siguiente texto (que trascribo todo por claridad) en una reforma constitucional: “Artículo transitorio XX: En desarrollo del derecho a la paz, los contenidos del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera firmado el 12 de noviembre de 2016 que correspondan a normas de derecho internacional humanitario o derechos fundamentales definidos en la Constitución Política y aquellos conexos con los anteriores, serán obligatoriamente parámetros de interpretación y referente de desarrollo y validez de las normas y las leyes de implementación y desarrollo del Acuerdo Final. Las instituciones y autoridades del Estado tienen la obligación de cumplir de buena fe con lo establecido en el Acuerdo Final.

En consecuencia, las actuaciones de todos los órganos y autoridades del Estado, los desarrollos normativos del Acuerdo Final y su interpretación y aplicación deberán guardar coherencia e integralidad con lo acordado, preservando los contenidos, los compromisos, el espíritu y los principios del Acuerdo Final.

El presente artículo rige a partir de la fecha y hasta la finalización de los tres periodos presidenciales completos posteriores a la firma del Acuerdo Final.” Esto es totalmente inconveniente y pretende, por la vía de incisos, blindar el acuerdo, cuando el verdadero blindaje lo debe dar, de suyo, un acuerdo político nacional, que integre de verdad a todos los actores, y por ello lo adecuado y conveniente del texto mismo para todos los colombianos.