De los derechos humanos

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Escrito por:

Saúl Herrera Henríquez

Saúl Herrera Henríquez

Columna: Opinión

e-mail: saulherrera.h@gmail.com



Los derechos humanos deben ser centro de actuación, para los actores en todos los ámbitos respecto de la toma de decisiones, por ser el conjunto de prerrogativas sustentadas en la dignidad humana, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral de la persona.
El respeto hacia los derechos humanos de cada persona es deber de todos; y las autoridades en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos consignados en favor del individuo. Es reconocimiento pleno de la dignidad humana que excluye odios, creencias, venganzas e intereses particulares, debiendo ser nuestras metas más altas, y caminar juntos hacia el respeto de la dignidad humana por medio de la paz, la cultura y la justicia.

Su aplicación, a la que se encuentran obligadas todas las autoridades se rige por los principios de universalidad (corresponden a todas las personas por igual); interdependencia (cada uno de los derechos humanos se encuentran ligados unos a otros, de tal manera que el reconocimiento de uno de ellos, así como su ejercicio, implica necesariamente que se respeten y protejan múltiples derechos que se encuentran vinculados); indivisibilidad (poseen un carácter indivisible pues todos ellos son inherentes al ser humano y derivan de su dignidad y su disfrute solo es posible en conjunto y no de manera aislada ya que todos se encuentran estrechamente unidos); y, progresividad (constituye una obligación de los estados asegurar el progreso en su desarrollo constructivo, al mismo tiempo que implica una prohibición para el Estado respecto a cualquier retroceso de los derechos). Hoy es aceptado clasificar los derechos humanos en civiles, económicos, sociales, culturales y ambientales. No existen niveles ni jerarquías pues todos tienen igual relevancia y los estados están obligados a tratarlos global, justa y equitativamente, en igualdad y dándoles a todos, la misma importancia.

Entraña lo dicho, que deban las disposiciones que puedan ser contrarias, modificarse y armonizarse con el derecho internacional en la materia y dotar al Poder Judicial de mayores facultades en materia de interpretación. Entender que son tiempos de reformas estructurales, por lo que sustancial es promover regular y proteger los derechos humanos, a efecto de evitar desviaciones de la esencia y bondades de la misma. Hay que apuntarle en esta asignatura, a incorporarse al derecho internacional de los derechos humanos, atender el control de convencionalidad, toda vez que permite que se comunique el derecho interno con el derecho internacional, independientemente que el orden jurídico de cada país determine o deba determinar cuál será el método de aplicación, más cuando ha sido este un tema de cuidado en cuanto a poder y competencias dando voz a quien no la tenía dotando de herramientas a la sociedad civil.

Importante igualmente, que la academia se integre cabal, formal y frontalmente con el reto y desafío de pensar de manera distinta la normatividad pertinente, aprender y entender que, a partir de mejores orientaciones, lineamientos y construcciones, el derecho debe abordarse ya no solo de manera descriptiva sino crítica en lo esencial, lo que indica que existe o latente está la real como verdadera necesidad de modificar los programas de estudio de las instituciones académicas.


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