¿Por qué no un sistema procesal mixto?

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Escrito por:

Alfonso Lopez Carrascal

Alfonso Lopez Carrascal

Columna: Pedagogía Constitucional

e-mail: lopezcarrascal@yahoo.com



Colombia cambiando su cultura de doscientos años avanza en el sistema oral dejando atrás el sistema escrito. En palabras del procesalista y probatorista Michelle Taruffo, elogia el sistema procesal alemán en su opinión por cuanto es un sistema procesal flexible, que puede ser oral o escrito y el Juez dirige el proceso.

Iberoamérica no puede negar que procesalistas como Francesco Carnelutti, Piero Calamandrei, Mauro Capelletti y Vittorio Denti, entre otros de Europa han ayudado a enriquecer el sistema procesal como el procedimiento legal para reclamar los derechos sustanciales.

Ámbito Jurídico pudo entrevistar al procesalista italiano y le resta influencia a Carnelutti mientras a Piero Calamandrei le da todo el aval en la influencia del derecho civil italiano. Lo fundamental para estos autores es el desarrollo y estudio del derecho procesal comparado. ¿Por qué ese estudio del derecho procesal comparado?

Porque trata de eliminar el dogmatismo. Por ejemplo él cree que el procedimiento oral es pertinente para resolver casos sencillos pero no complejos de dilucidar. En el proceso escrito es más dable la igualdad de armas que no se ve en el sistema oral colombiano en que los fiscales rompiendo el principio de igualdad de armas sólo descubren los elementos materiales probatorios y las evidencias en el escrito de acusación y una muestra de ventana en la diligencia de imputación. En el sistema escrito el fiscal debe comunicarle al indiciado la formalización de una denuncia para que asumiera su defensa.

Creemos que si la Fiscalía descubre los elementos materiales y evidencias desde el comienzo de las primeras diligencias, eso le permitiría a la defensa solicitar por parte de su defendido una sentencia anticipada al allanarse a los cargos. Señala el profesor Taruffo el mismo que en Derecho Probatorio exige que el hecho debe ser relevante que el procedimiento oral es deficiente y que eso mismo sostienen los propios norteamericanos.

Y sobre este particular puede leerse la obra del norteamericano William T. Pizzi en juicios y mentiras del sistema penal norteamericano. No nos engañemos: si no le hacemos a tiempo los ajustes el sistema penal oral que nos congrega en este momento para prevenir una situación de colapso. No es fácil traspasar el sistema norteamericano a otros países con una cultura social, política y jurídica diferente.

El Sistema Penal Acusatorio no puede verse como una Coca-Cola en el desierto. El sistema no es malo, pero de acuerdo con un contexto jurídico apropiado el sistema procesal alemán es mixto porque acepta tanto la fase oral como la escrita y es bifásico en cuanto la primera fase es de preparación, que puede ser oral o escrito. Si el litigio no se resuelve en la primera fase se pasa al periodo probatorio y sentencia.

Este proceso dura aproximadamente de 5 a 6 meses e igual término si hay apelación. El juez es el dueño del proceso y el procedimiento es flexible, presto y eficiente. Países como España y otros de Europa Central están acudiendo al sistema alemán. La actividad del juez es garantista, porque si es imparcial y justo debe haber o esperarse una decisión justa.

Si se le niega al juez decretar pruebas de oficio, no es posible llegar a la verdad como viene sucediendo con nuestro Sistema Penal Acusatorio. Puedo tener la evidencia madre o reina pero no la puedo llevar al juicio es lo mismo que nada. Hoy con el fenómeno de la globalización debemos tomar lo bueno de los otros sistemas pero no copiando a la ligera sino integrándola a nuestro contexto cultural jurídico y político, si queremos tener un verdadero derecho procesal.