La corte en la mira

Columnas de Opinión
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Escrito por:

Amilkar Acosta Medina

Amilkar Acosta Medina

Columna: Opinión

e-mail: amylkaracostamedina@gmail.com



En la exposición de motivos del proyecto de ley de la Regla Fiscal, se dice que siguen los mismos principios y se anticipa a los objetivos del proyecto de acto legislativo "por el cual se establece el derecho de los ciudadanos a la sostenibilidad fiscal como condición para alcanzar los fines del Estado Social de Derecho".

Es decir, que este último queda como subalterno de aquel, al considerar que el derecho a la sostenibilidad "contribuye a proteger todos los demás y darles continuidad bajo las diferentes condiciones que enfrente la economía". Y va mucho más lejos al afirmar que "de este derecho se deriva el deber de todas las ramas y órganos del poder público para que sus decisiones sean acordes con la sostenibilidad fiscal". Este mensaje tiene un claro destinatario, la Rama Judicial, en particular la Corte Constitucional.

Se trata entre otras cosas de poner freno a "una dinámica aterradora derivada del activismo judicial", a la que se refiere el ex ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla.

De prosperar esta iniciativa tendríamos como uno de sus corolarios la eliminación de la tutela para derechos sociales como la seguridad social, económicos como el de la reparación o indemnización, al igual que para hacer valer derechos tan fundamentales como el de la salud.

A propósito, recordemos que más del 60% de la jurisprudencia en materia de tutelas falladas involucra derechos sociales (¡!). Con este esperpento jurídico, como lo afirma el ex magistrado de la Corte Constitucional, José Gregorio Hernández, se "les da más importancia a las cifras, por encima de los derechos" y haría nugatorio el cumplimiento de la protección de los derechos fundamentales consagrados en la Carta.

De este modo se estarían trastocando los medios y los fines. La sostenibilidad fiscal es un instrumento de política que debe ser entendido como un medio para garantizar la protección de los derechos sociales y preservar las libertades, pero en manera alguna como un fin en sí mismo del Estado Social de Derecho. Este es uno de esos casos paradigmáticos.

Bien dice el columnista Rodolfo Arango que "al quitarles a los jueces constitucionales su función tuitiva de los derechos sociales fundamentales, se le quiebra el espinazo al pacto social suscrito hace dos décadas". Y a ello justamente apunta este esperpento jurídico que se viene abriendo paso en el Congreso.