Declaración Universal de los Derechos Humanos

Columnas de Opinión
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Escrito por:

Jairo Franco Salas

Jairo Franco Salas

Columna: Opinión

e-mail: jairofrancos@hotmail.com



La declaración universal de los derechos humanos fue aceptada por las Naciones Unidas el 10 de Diciembre de 1.948, incorporando 30 derechos fundamentales que constituyen las bases de un modelo de sociedad democrática. Cumplió un año más y se espera más difusión de esta carta.

 

Este transcendental documento reconoce la dignidad, así se debe entender y practicar, es el fundamento de la libertad, la justicia y la paz en el mundo. Mediante la declaración universal los países miembros se comprometen a asegurar en cooperación con las Naciones Unidas la promoción del respeto universal y la observancia de los derechos humanos. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos; también dotados como están de razón y conciencia deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. Surge entonces la pregunta ¿Qué son los derechos humanos? Estos son el reconocimiento de la dignidad inalienable de los seres humanos. Libre de discriminación, desigualdad o distinciones de cualquier índole, la dignidad humana es universal igual e inalienable. Más allá del concepto mismo los derechos humanos son recopilados y definidos en las constituciones políticas de países del mundo, las cuales no deben quedar en letra muerta; deben ser una realidad.

Para muchos,  aun en estos días es tedioso e incómodo oír que hablan de derechos humanos y especialmente para ellos es difícil ponerlos en práctica, ya que tienen una posición dominante frente a un conglomerado especialmente, es un gran escollo que obstaculiza el ejercicio de los mismos justificando con argumentos éticos, religiosos, filosóficos y a un político retrasando su reconocimiento.

El Estado debe tener siempre en la mira el compromiso de dar cumplimiento a los derechos humanos básicos que satisfagan las necesidades materiales, culturales y permitan el avance de la sociedad, incluyéndole también a que los respeten, para ajustar conductas perturbadoras que tiendan a vulnerar o disminuir los derechos humanos. Debe dársele suma protección al derecho a la vida consagrado en el artículo 11 de nuestra Constitución Política; ante futuras amenazas a este artículo fundamental debe actuar la Corte Constitucional, bastión y gran aporte que nació con nuestra Carta Magna en 1.981.

En la actualidad surgen necesidades que incluyen requerimientos de desarrollo humano sobre valores morales y culturales, a esos se les debe proteger igual su forma de expresión que se reflejan más que todo en el arte.

Constituyen episodios nefastos en entidades que deben procurar el ejercicio de los derechos humanos y que con la autoridad que les otorga la Ley, se sienten satisfechos con un mínimo de respeto por los mismos; cuando su misión funcional es que se apliquen, se acabe con la indolencia  y la intolerancia; para eso están establecidas esos entes como la Procuraduría, Defensoría del Pueblo, Personerías.

La labor de los defensores de derechos humanos en el mundo y en Colombia se debe valorar, acatar y rescatar a través de acciones jurídico - políticas; también la misma sociedad debe sensibilizarse y exigir el respeto por los derechos fundamentales; si a futuro se fomenta en nuestra niñez el respeto por los mismos y propiciamos un alto a la violencia que nos arropa, no se discrimina, no se excluye los derechos en los jóvenes y adultos nos estaremos dirigiendo a una cultura por la defensa de los derechos humanos.

Tengamos siempre en cuenta que tenemos derechos y deberes; que el ejercicio de nuestro derecho termina donde nace el derecho de nuestro semejante. La difusión y asimilación de este gran tema es vital en la consecución de una vida armoniosa generando beneficios para el desarrollo de todos.