Los juzgamientos más graves

Editorial
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Escuchar a las víctimas será una de las claves de la Jurisdicción Especial de Paz, Jep que comenzó a trabajar con el objetivo de identificar los casos más graves y representativos cometidos en el conflicto armado.

La Jep, incluida en el acuerdo de paz firmado por el Gobierno y las Farc, es un mecanismo transitorio que ha sido creado exclusivamente para conocer las graves violaciones a los derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario. Está considerada como la columna vertebral del acuerdo de paz y funcionará por un término de quince años, que podrá ser extendido por cinco más.

Los colombianos ya pueden observar la puesta en marcha del trabajo que deben desarrollar los magistrados de la Jep, para constatar sí se hará justicia en realidad con los responsables y actores de la violencia que ha vivido el país por más 50 años, pesadilla que ha sufrido Colombia durante las últimas cinco décadas.

Esta nueva jurisdicción conocerá de los hechos cometidos por agentes de la fuerza pública y miembros de las Farc, al igual que los agentes del Estado que no hayan sido miembros de la fuerza pública y los terceros civiles que se acerquen voluntariamente a la Jep. El objetivo fundamental, es el de comenzar a escuchar a las víctimas mientras analizan qué casos aplican para este mecanismo y no para la justicia ordinaria, para lo que se espera se demuestra que no habrá impunidad.

A esta jurisdicción podrán acceder aquellas personas que se consideren víctimas de graves violaciones a los derechos humanos y el derecho internacional humanitario cometidas por los agentes del Estado y los miembros de las Farc en razón del conflicto armado.

Dentro de esa categoría se incluyen aquellos hechos de violencia cometidos en el marco del conflicto armado que pueden ser considerados graves y representativos como genocidio, los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra. También se incluyen la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, la sustracción de menores, el desplazamiento forzado y el reclutamiento de menores de edad.
La Jep establecerá sanciones con enfoque restaurativo como trabajos y obras relacionados con el desminado o la reparación de infraestructuras. Además, podrá decretar medidas de reparación simbólica.

La Jep está compuesta por tres Salas de Justicia: la de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad de Determinación de los Hechos y Conductas; la de Definición de Situaciones Jurídicas y la de Amnistía o Indulto.
Entre las sanciones que impondrá están las propias, aquellas que implican reparación del daño causado e incluyen restricción de la libertad en establecimientos no carcelarios de cinco a ocho años y las alternativas, que suponen penas de prisión por el mismo periodo de tiempo. Finalmente, se incluyen sanciones ordinarias, que suponen una privación de la libertad en establecimiento carcelario de 15 a 20 años.

Esa última sanción se impondrá a quienes no reconozcan responsabilidad y sean hallados culpables


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