Consejo de Estado falló a favor del proceso de actualización catastral de Santa Marta vigencia 2012

Judiciales - Local
Tamaño Letra
  • Smaller Small Medium Big Bigger


Mediante fallo del Consejo de Estado del 19 de marzo 2015 emanado de la Sala de lo Contencioso Administrativo sección primera, el alto tribunal rechazó la demanda instaurada contra el proceso de actualización catastral vigencia 2012 que el Instituto Geográfico Agustín Codazzi desarrolló en la ciudad de Santa Marta.

En ejercicio de sus funciones legales el Igac tiene la obligación de adelantar el catastro nacional, es decir, realizar el censo estadístico de los bienes inmuebles de una determinada población que contiene la descripción física, económica y jurídica de los predios rurales y urbanos que la conforman, información que permite el fortalecimiento de las finanzas municipales, la estratificación socioeconómica, el ordenamiento territorial, el saneamiento y formalización de la propiedad rural, la restitución de tierras y el fortalecimiento del mercado de las mismas entre otras.

Por Ley la actualización catastral debe realizarse cada 5 años. En el caso de Santa Marta, el IGAC adelantó este proceso en el año 2012, luego de seis años de desactualización, arrojando un incremento en el valor catastral de la ciudad del 51% al pasar de $5.019.867.248.200 en el año 2006 a $9.746.679.173.515 en el 2012 y de 118.155 predios en el año 2006 a 154.764 en el año 2012.

Con ocasión de esta actualización, un ciudadano instauró demanda de nulidad contra la resolución Numero 47000-130-2011 del 30 de Diciembre del 2011 expedida por el Igac, por medio de la cual se ordenó la renovación de la inscripción en el catastro de los predios urbanos y rurales de Santa Marta, demanda que fue rechazada por el Consejo de Estado argumentando que "el procedimiento catastral está regulado por normas especiales.

La ley 14 de 1983 dispone que las autoridades catastrales son las encargadas de las labores de formación, actualización y conservación de catastro, por otro lado el Decreto 3496 de 1983 y la resolución 2555 de 1998, reglamentan la formación, actualización y conservación del catastro Nacional".

Y agrega: "Esta sección en reiterada jurisprudencia ha sostenido que el acto administrativo que finaliza la etapa de actualización, es un acto preparatorio o de trámite que no es susceptible de ser enjuiciado".

El director del Igac Magdalena, José De Jesús Villamil Quiroz, manifestó que todos los procesos adelantados por el Igac se ciñen a la ley. "La decisión del Consejo de Estado es una evidencia de que la actualización catastral realizada en el distrito de Santa Marta cumplió con la normatividad vigente", expresó el Director.

Las actualizaciones catastrales son herramientas de planificación del territorio y contribuyen al mejoramiento de las finanzas en los municipios colombianos, por lo cual Villamil Quiroz invitó a los futuros alcaldes que estan por elegirse, para que actualicen catastralmente los municipios, lo cual redundará en mejores ingresos para el desarrollo de los entes territoriales.

Hay que recordar que Santa Marta en este primer semestre 2015, tiene un avalúo catastral de $9.804.076.350.700 de pesos y está conformada por 25.822 predios rurales, 138.511 predios urbanos y 5.522 predios en corregimientos.