Hasta 3 años de cárcel para quienes se lleven sus hijos sin tener custodia

Judiciales - Local
Tamaño Letra
  • Smaller Small Medium Big Bigger


Así lo estableció la Sala Plena de la Corte Constitucional al declarar exequible la reforma al Código Penal por medio de la cual se crean sanciones penales a los padres que de manera arbitraria se lleven a sus hijos sin tener la custodia.
De acuerdo con el artículo 7 de la Ley 890 de 2004, los padres que incurran en esta clase de actuaciones están expuestos a pagar una condena que va de uno a tres años de prisión.
Al respecto el presidente de ese alto tribunal, Luis Ernesto Vargas, explicó que anteriormente cuando alguno de los padres se llevaba al menor era acusado del delito de secuestro, sin embargo con la reforma la tipificación del delito cambió a "ejercicio arbitrario de custodia".

La Corte hizo en su decisión “consideraciones para sostener que el derecho penal debe ser la última opción y debería darse un tratamiento más benigno en consideración siempre del interés superior del menor”, agregó Vargas.