Por “carrusel de la contratación”, pliego de cargos contra exconcejal de Bogotá

Judiciales - Nacional
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La Procuraduría General de la Nación formuló ayer lunes pliego de cargos contra Wilson Hernando Duarte Robayo, en su condición de concejal de Bogotá, quien estaría incurso en irregularidades relacionadas con el escándalo del llamado “carrusel de la contratación” en Bogotá.

De acuerdo con el pliego de cargos, el señor Duarte Robayo, aprovechando su condición de concejal de la capital, habría solicitado en noviembre de 2009 dinero al entonces secretario distrital de Salud, Héctor Zambrano Rodríguez, a cambio de no realizar un debate político en el Concejo de Bogotá con respecto a la adjudicación y ejecución del contrato para la prestación del servicio de ambulancias, contrato que a su vez fue direccionado en sus etapas precontractuales, de evaluación, selección y adjudicación, hacia el contratista.

En consecuencia, el investigado habría recibido posiblemente la suma de 80 millones de pesos durante los meses de noviembre y diciembre de 2009 y febrero, marzo y abril de 2010.

El Ministerio Público señala que dicho concejal habría realizado objetivamente una conducta típica consagrada en la ley penal como delito sancionable a título de dolo, pues al parecer abusó del cargo que desempeñaba en ese momento, ya que ante todo ejercía un control político, como lo establece el artículo 14 del Decreto 1421 de 1993 y el artículo 58 del Acuerdo 348 de 2008, reglamento interno del Concejo de Bogotá.

El segundo cargo endilgado señala que el señor Duarte Robayo al parecer amenazó al director del Instituto para la Economía Social (IPES), Armando Aljure Ulloa, con realizar un debate en el Concejo de Bogotá, si no cambiaba la coordinadora de la caseta 38, ubicada en el sector denominado San Andresito (Bogotá), hecho que ocurrió el día 24 de febrero de 2011, en las instalaciones del citado Instituto.

De esta forma el entonces concejal habría amenazado a otro servidor público para obtener de esta manera un beneficio propio y para terceros.

Las dos conductas descritas fueron calificadas provisionalmente como gravísimas, a título de dolo.