Sitios sagrados también deben ser protegidos en los proyectos mineros

La Corte ordenó tener en cuenta las afectaciones a los indígenas.

Judiciales - Nacional
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La Corte Constitucional dio la orden al Ministerio del Interior, a la Dirección de Asuntos Indígenas Rom y Minorías, al Ministerio de Cultura y a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, determinen el grado de contaminación del Río Guarrojo y la afectación al resguardo Awabalí del pueblo Sikuani, señalando debe respetarse estas poblaciones ancestrales.

Esto por el proyecto “Campo Ocelote- Guajorro” que se realiza en el municipio de Puerto Gaitán. El mismo ha generado que el caudal del río disminuya afectando la pesca y la producción de alimentos, pero también a la comunidad étnica, pues en el río hacen ceremonias sagradas.

La Corte revisó y señaló que no se puede suspender el proyecto que se viene realizando desde el 2008 porque las consecuencias serían más graves.

Por ello, la compañía tendrá que compensar a las comunidades por las afectaciones mientras se advierte que cuando se adelanten estudios para otorgar licencias, “deben tener en cuenta, a efectos de establecer el área de influencia directa y de afectación a las comunidades indígenas ubicadas en la zona y la procedencia de la consulta previa, además del territorio reconocido bajo la figura del resguardo, aquellos que consideren sagrados y de vital importancia ecológica para esta población. Lo anterior, con el fin de proteger los derechos fundamentales reconocidos a la libre determinación, autonomía, participación y consulta previa, de los pueblos indígenas”.