Solicitan sustitución de medida de aseguramiento a sindicados de la tragedia de Fundación

Cuando 33 niños y un adulto fallecieron en un bus que se incendió en mayo de 2014 en Fundación. Foto de archivo,

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Carlos Mauricio Ramírez Gaitán, representante legal de los implicados en el caso, informó que se solicitó libertad o arresto domiciliario para el miembro de la iglesia pentecostal, Manuel Salvador Ibarra, y el conductor del bus, Jaime Gutiérrez Ospino.

Carlos Mauricio Ramírez Gaitán, representante legal de los implicados en la tragedia de Fundación, informó ayer que se inició el proceso de solicitud para la sustitución de medida de aseguramiento a los sindicados por el caso, a cambio de la libertad o arresto domiciliario.

Un giro tomó el caso de los 33 niños y un adulto que fallecieron en un bus que se incendió en mayo de 2014 en Fundación, cuando la defensa de los dos responsables encarcelados, el miembro de la iglesia pentecostal, Manuel Salvador Ibarra, y el conductor del vehículo, Jaime Gutiérrez Ospino, pasaron de admitir la conducta dolosa a culposa, aceptando los cargos del homicidio de los infantes.

En diciembre del 2015, el Tribunal de Santa Marta dio vía libre para que estas dos personas llegaran a un acuerdo con la Fiscalía y aceptaran los cargos por homicidio culposo y no con dolo eventual como se había establecido inicialmente, esto les habría significado una pena de más de 30 años de cárcel.

El profesional de leyes, perteneciente a la  firma World Legal Corporation, estableció que ha transcurrido más de un año sin que se haya iniciado el juicio oral contra el pastor y el conductor; manifestó que de acuerdo a la ley 1786, que establece que las personas que estén privadas de la libertad y tengan una medida de aseguramiento por más de un año sin que se le haya dado el juicio oral, puede solicitar la sustitución de la medida de aseguramiento por una domiciliaria o que les den la libertad.

Por lo anterior, para el día 15 de agosto, el abogado Ramírez Gaitán, solicitó la sustitución de la medida de aseguramiento en razón que ha transcurrido más de un año sin que se haya iniciado un juicio.

“El tribunal se pronunció hace poco en que decretó la nulidad del preacuerdo que se había firmado y de la cual se había dictado sentencia por parte del Juzgado Primero Penal del Circuito de Ciénaga”, al revocar esa decisión, decreta la nulidad, y se hace la invalidez del preacuerdo que se hizo desde el año 2015, dijo el abogado

Apenas se está solicitando la audiencia, el cual  se presenta ante un juez de control de garantías donde se debe acudir el fiscal para argumentar en que los implicados en el caso llevan más de un año, explicó el abogado de los indiciados.




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