Observaciones de Procuraduría sobre proceso contractual de la construcción del estadio

El estadio Eduardo Santos y la maqueta de cómo va a quedar cuando se construya.

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La actuación preventiva integral en materia de contratación estatal no constituye prejuzgamiento; en tal sentido, las observaciones que se presentan en desarrollo de esta se fundamentan en argumentos legales, jurisprudenciales o doctrinales, sin valoraciones subjetivas ni incriminaciones respecto de la conducta de los servidores públicos o particulares involucrados.

Teniendo en cuenta el proceso de selección abreviada de menor cuantía SAMC012-2016 para la “construcción del escenario deportivo estadio de futbol para el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta (Magdalena)”, que adelanta esta administración distrital, la Procuraduría General de la Nación le presentó a su alcalde, Rafael Martínez, una serie de observaciones al pliego de condiciones definitivos, en relación con la matriz de riesgo publicada en la página web del Secop.

En primer lugar se recomendó a la entidad contratante que revise el “Manual para la identificación y cobertura del riesgo en los procesos de contratación” expedido por colombia compra eficiente, cuyo propósito es ofrecer lineamientos y principios metodológicos de manejo y en la gestión de riesgos en el proceso de contratación, dado que se observó que no se encuentran descritos algunos elementos como categoría, impacto, monitoreo y revisión. De igual forma, el Ministerio Público, a través de la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, recomendó tener en cuenta lo dicho por la Agencia Colombiana para la Contratación en cuanto a las opciones para el tratamiento de los riesgos.

Por otra parte, llama la atención que en el presupuesto oficial del estadio incluido en el documento de estudios previos ajustado, y al que el órgano de control le hizo una revisión de varios ítems de manera aleatoria, se encontró que el valor total por actividad no corresponde a la operación matemática de multiplicar el valor unitario por la cantidad.

“Se recomienda a la Alcaldía revisar este asunto, toda vez que podría modificar el valor total resultante de $52.573.490.616, establecido como presupuesto oficial, y más aún cuando la modalidad de pago es a precio global fijo, es decir que como lo manifiesta la jurisprudencia del Consejo de Estado ‘en el contrato a precio global se incluyen todos los costos directos e indirectos en que incurrirá el contratista para la ejecución de la obra y, en principio, no origina el reconocimiento de obras adicionales o mayores cantidades de obra no previstas’”, se indica en la carta de observaciones.

Finalmente, la Procuraduría General de la Nación solicitó al ente territorial que las presentes observaciones así como las futuras respuestas que se otorguen, sean conocidas por los interesados, a través del portal electrónico Secop.




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