Procuraduría multó e inhabilitó por 10 años a curador urbano de Armenia

Según la Procuraduría, el Curador afectó a un bien de interés cultural nacional.

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La Procuraduría General de la Nación impuso multa por valor de 600 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes, Smlmv, e inhabilitó por 10 años al curador urbano nro. 2 de Armenia, Quindío, José Elmer López Restrepo, por causar afectación a un bien de interés cultural nacional.

 El material probatorio evidenció que López Restrepo otorgó dos licencias de construcción sin cumplir los requisitos legales, referentes a la autorización previa, a cargo del Ministerio de Cultura sobre el uso específico de los mismos, previstos en el proyecto de intervención de la estación de Ferrocarril de Armenia,  bien de interés cultural nacional.

 Con este comportamiento López Restrepo vulneró, entre otras normas,  que establece que “sobre el bien de interés cultural no se podrá efectuar intervención alguna sin la correspondiente autorización del Ministerio de Cultura”.

 El ente de control recordó la obligación del Estado y de las personas de proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación”.

 La falta del disciplinado fue calificada como gravísima, cometida a título de culpa gravísima, teniendo en cuenta el grave daño social que causó el detrimento patrimonial por valor de 300 SMLMV, generado por la multa impuesta por el Ministerio de Cultura al municipio.

 Contra esta decisión de primera instancia se interpuso recurso de apelación, que será sustentado en audiencia, la cual se cumplirá el 10 de enero de 2019, en las instalaciones de la Procuraduría Provincial de Armenia.