Después de 9 de la noche se contará el recargo nocturno

Imagen de referencia

Economía
Tamaño Letra
  • Smaller Small Medium Big Bigger


Desde el Gobierno Nacional se dio vía libre a la ley 1846 que abre la puerta al pago del recargo nocturno a partir de las nueve de la noche en todas las empresas que operan en el país.


Según esta ley el trabajo diurno queda comprendido entre las 6:00 am y las 9:00 pm. Por su parte se entiende como trabajo nocturno el realizado entre las 9:00 pm y las 6:00 am.

Según los cálculos del Gobierno nacional, cerca de 500.000 trabajadores en Colombia se van a ver beneficiados con el pago de este recargo nocturno, que se da a partir de las nueve de la noche.