La delgada Línea Negra

Planeación Distrital no tiene claras las coordenadas del sitio sagrado

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Entre las costumbres ancestrales, el concepto jurídico y la propiedad que ostentan los constructores de un proyecto inmobiliario en Playa Salguero, existen vacíos jurídicos que aún esperan sean dirimidos y aclaren los alcances de la reclamación hecha por las comunidades indígenas.

Por Mario Ibarra Monroy
Redacción EL INFORMADOR

Desde la semana pasada los ojos de la opinión pública nacional se posaron de nuevo sobre las comunidades indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta, esta vez en una reclamación que hacen de un terreno a orillas del mar, el cual hace parte de sus lugares sagrados de pagamento.

Se trata del punto 31 (denominado Ludula, Madre de los peces, ubicado en El Rodadero) y perteneciente a la llamada Línea Negra, 53 sitios demarcados simbólica y radialmente teniendo como centro la Sierra Nevada, y que el Ministerio del Interior los protege a través de la Resolución 837 de agosto de 1995, referenciándolos como centros espirituales para los indígenas.

El punto Ludula, según los líderes de las comunidades Koguis (Kággaba), Arhuacos (Jka), Wiwa y Kamkuamo, está ubicado precisamente en la cima de una roca a orillas de Playa Salguero, en la cual se construirá el proyecto inmobiliario Magenta, que para los propietarios cumple con todos los permisos requeridos por las normas urbanísticas (ver recuadro).

Para la Alcaldía de Santa Marta, representada por la Secretaría de Planeación, el tema de la reclamación de los indígenas está en estudio.

Francisco García Rentería, secretario del despacho manifestó que mientras hay un particular que ostenta los títulos de propiedad del predio, existe paralelo una resolución del Ministerio del interior que reconocer la presencia de sitios sagrados, por ellos están determinando si afectan o no el área a construir.

Pero las cosas no parecen tan fáciles de resolver según el funcionario distrital.

“En la resolución hay un a georreferenciación, pero parece haber unos problemas con la localización exacta de ellas como el sitio sagrado”, manifiesta García Rentería.

Para el secretario el tema de la reclamación de los indígenas va más allá de algo técnico en lo que hay que localizar unos puntos específicos en el lote, es reconocerles un patrimonio inmaterial.

El jefe de la cartera de Planeación conceptúa sobre la norma del Ministerio del Interior, la Resolución 837 del 95: “Hay un vacío en la norma de llevar el tema del patrimonio inmaterial a la propiedad”, expresó.

Al parecer la norma no especifica exactamente cuál es el punto exacto donde está ese y en general los 53 lugares sagrados de los indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta, el cual se extienden desde Valledupar, pasando por la costa sur de La Guajira, la costa samaria, llegando a varios municipios del norte del Magdalena, para retornar a la capital de Santa Marta, rodeando al Pico Bolívar, máxima altura del macizo montañoso.

“La referencia geográfica da un punto, no el polígono que hace parte un lote, debieron especificarlo. Según la resolución hay un punto que puede estar en cualquier parte del terreno en cuestión, pero no en su totalidad. Eso introduce unas complicaciones técnicas que estamos tratando de resolver”, argumenta Francisco García Rentería.

La reclamación hecha no ha sido radicada oficialmente a la Alcaldía, solo la información en prensa suscitó para la Administración Distrital el interés de intervenir.

“Nosotros no interpretamos, ni damos respuesta a ese tipo de preguntas, sino que nos allanamos a las normas, el estudio de los títulos, el POT y la reclamación en cuestión”, responde el secretario ante lo que ellos puedan resolver a favor o en contra de cada actor del lío de tierras.

Cuestionamientos

La resolución emanada del Gobierno Nacional y en el que establece la obligación del Estado en respetar y proteger las riquezas culturales de las diversidades étnicas, no deja aún claro los puntos sagrados que expone.

“El vacío de la norma del ministerio es que dice reconocer la ancestralidad, sin afecta la propiedad privada, pero no deja claro cuál es la compensación que reciben las comunidades indígenas. No hay una transferencia de lo material a lo inmaterial”, conceptúa el secretario García.

En su concepto sería el Ministerio del Interior el que determine como pasar un patrimonio inmaterial (derecho ancestral) a lo material, reconociendo la propiedad o no sobre los predios.

“En la revisión actual del Plan de Ordenamiento Territorial recogemos la norma y trabajamos en conjunto con los indígenas, siendo incorporados al nuevo POT, falta el tema de cómo va a afectar a los particulares”, expresa.

En teoría explica que todas las desembocaduras de los ríos y quebradas son para los indígenas puntos sagrados, ocupados por construcciones actualmente, al igual aquellas que están sobre los cerros. “En el POT estamos tratando de reconocer esos puntos”, puntualizó.

La Línea Negra

La “Línea Negra” es una zona de especial protección, debido al valor espiritual y cultural que tiene para los cuatro pueblos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta: Koguis (Kággaba), Arhuacos (Jka), Wiwa y Kamkuamo. Estas zonas unen accidentes geográficos o hitos considerados por ellos sagrados al circundar con el cerro Gonawindia (Pico Bolivar).
Magenta responde

Representantes de las firma MVZ S.A.S, le comentaron a EL INFORMADOR que el proyecto se gestó desde hace cuatro años y que cuenta con la autorización de la Curaduría Urbana No.1 y la Planeación Distrital.

Magenta es una edificación que constará de 22 pisos, con 90 apartamentos sobre un área de 2.809 metros cuadrados, bordeada de playa.

Según miembros de la empresa, cuentan con los documentos en regla, incluyendo el plan de manejo ambiental que el Dadma exige para el tema de la evacuación de los escombros mientras realizan el movimiento de tierra.

“Estamos a la espera de continuar la obra, luego que el Dadma revise el plan de manejo ambiental y que se arregle la situación con las comunidades indígenas”, afirmó uno de los líderes del proyecto.

Compensación

Una de las condiciones para ceder el permiso para el proyecto Magenta fue la construcción de una obra que compensaría la altura de 22 pisos que la edificación posee. Se trata de un Box Coluvert sobre la quebrada Bureche en el sector aledaño al líndero sur del predio en cuestión, encausando el lecho de la cañada y habilitando a su vez la calle 20A, generando espacio público e incorporando la ruta a la malla vial, requerido por el POT.

Según la resolución número 520 del 2016 que le otorga la licencia urbanística y de construcción al proyecto inmobiliario, “el edificio residencial disminuye el impacto que genera la tendencia de usos hoteleros sin control, construcción de la calle 20A, diseño, construcción, empradizado y arborización del espacio público inherente a la calle 20A”.

La obra posee una inversión equivalente a los 2.111 millones de pesos.

Francisco García Rentería.
TERRITORIOS ANCESTRALES DE LA COMUNIDAD INDÍGENA DE LA SNSM
El edificio Magenta, en Playa Salguero, se estima esté listo en dos años.
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