Cierran establecimientos por incumplir normas de emisión del ruido

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La Administración Distrital, a través del Departamento Administrativo Distrital del Medio Ambiente -Dadma lideró durante horario nocturno, un operativo en establecimientos generadores de ruido en diferentes puntos de la ciudad.

 

El operativo estuvo liderado por el director del Dadma, Tomás Rafael Bolaño Ortiz; el Secretario de Planeación, Issac Pertúz. Además estuvo acompañando el Inspector Marcelino Rivera de la Secretaria de Gobierno y la Policía Metropolitana.

 

Durante la diligencia, se aplicaron medidas preventivas del cese de actividades a seis establecimientos públicos, como lo indica el Art. 12 de la Ley 1333 de 2009 “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones”.

“Los operativos se hizo seguimiento y control a las actividades comerciales que hacen los establecimientos en hora nocturna”. Dijo el director del Dadma.

Las medidas preventivas a los establecimientos fueron aplicadas en el barrio El Cundí a: Chayrama Cundí, Punto Heineken, Restaurante Bar El Jobo.

Mientras que en la Avenida Libertado fueron aplicadas las medidas en los establecimientos públicos: Discoteca Bar la Macarena y Tienda Estadero Mix.

Y en la Avenida del Río: Malolo`s Disco Bar. Esto fundamentado en la falta de controles para impedir la emisión de ruido hacia el ambiente, de que habla el Artículo 51 del Decreto 948 de 1995.

Además de aplicar la medida preventiva por parte del Dadma, con el acompañamiento de la Secretaria de Gobierno se sellaron los establecimientos mencionados hasta que den cumplimiento a las normas respectivas.

La idea es que las personas al abrir nuevamente el sitio al público lo hagan con bases en unas condiciones que garanticen la tranquilidad de las personas que viven cerca.

“Estos operativos se continuarán desarrollando con la finalidad que minimicen la forma en que el sonido que están emitiendo los altoparlantes generen ruido y afecten la tranquilidad de las personas que residen cercanos a esos sitios.

Cabe resaltar que el Artículo 44 del Decreto 948 de 1995 prohíbe el uso de altoparlantes y amplificadores en zonas de uso público y de aquellos que instalados en zonas privadas, generen ruido que trascienda al medio ambiente, salvo para la prevención de desastres, la atención de emergencias y la difusión de campañas de salud.