Agua del nivel freático procedente de Casa del Río genera incomodidades y riesgos en la carrera segunda

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Desde el año 2010 y de forma continua, Metroagua, ha solicitado a la firma Proksol como constructora del Edificio Casa del Río que realice las obras civiles necesarias para que el agua del nivel freático procedente del parqueadero de la edificación no se viertan a la calle, ya que ello genera incomodidades, accidentes y malos olores en la carrera segunda entre calles 15 y 16.

Desde la construcción del proyecto Casa del Río, la Compañía de Acueducto y Alcantarillado Metropolitano de Santa Marta notificó a los constructores que: "Las aguas del nivel freático que se infiltran al interior del sótano o parqueadero NO podrán conectarse al sistema de alcantarillado sanitario. Deberá proyectarse conexión al sistema pluvial que hace parte del Centro Histórico".

Así mismo, Metroagua y la comunidad del sector han realizado denuncias del vertimiento de agua ante el Dadma como autoridad competente y este a su vez, mediante oficio del 8 de octubre del 2014 impuso a la firma Proksol S.A.S. las siguientes obligaciones: En un término máximo de tres (3) días hábiles, deberá presentar documentación necesaria para tramitar el permiso de vertimientos de que habla el artículo 42 del Decreto Nacional No. 3930 del 2010

De igual manera en un término de tres (3) días hábiles la empresa (Proksol) deberá realizar el conjunto de obras civiles necesarias para sus actividades y reunir ciertas condiciones para facilitar la disposición de agua del nivel freático y evitar vertimientos a las calles para dar cumplimiento a la normativa vigente.
Deberá implementar todas las acciones necesarias para evitar que se afecten las zonas aledañas habitadas, por la generación de vertimientos líquidos, olores ofensivos y proliferación de insectos por el desarrollo de su actividad comercial. Implementar las medidas correctivas y preventivas tendientes a garantizar el cumplimiento normativo en todo momento e informarlas por escrito a esta autoridad ambiental.

Así mismo, Metroagua interpuso acción de tutela con el objeto de que se ordenaran las medidas y acciones necesarias para superar la situación descrita.

El juez consideró mediante providencia del 20 de Octubre de 2014 que la situación había sido superada, por unos trabajos temporales que realizó Proksol, sin embargo, como es de conocimiento público, la situación se mantiene y por momentos empeora especialmente en la esquina de la carrera segunda con calle 15 generando inconvenientes y accidentes a los transeúntes.

Se hace un llamado público a los propietarios de dicha edificación para que realicen las obras civiles recomendadas por la autoridad ambiental y por Metroagua; y de esta forma corregir de forma definitiva la situación mencionada anteriormente.





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