Gremios económicos se muestran en desacuerdo con pico y placa

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Al mismo instante en que fue expedido el decreto 097 del 25 de mayo de 2015, en el que se prohíbe la circulación de vehículos particulares en el perímetro urbano de la ciudad según el último digito de la placa de cada automotor, inmediatamente los representantes de Fenalco y Cotelco capítulo Magdalena hicieron sentir sus voces de rechazo frente a esta norma que consideran perjudicial para los intereses de los samarios.

Aura Carolina García, directora ejecutiva de la Federación Nacional de Comerciantes expresó que en Santa Marta no existe un antecedente que pueda servir como ejemplo para poder emitir un diagnóstico a futuro. Sin embargo, anunció mostrarse en desacuerdo porque el impacto en la economía podría ser negativo.

"No tenemos un antecedente que sirva de comparación para medir el impacto en el sector comercial, pero en esta ciudad podría provocar un desaceleración en la economía porque se paralizan muchas actividades por la falta de la comunicación terrestre", expresó.

Por su parte Omar García Silva, director de Cotelco capiítulo Magdalena, fue mucho más contundente con su apreciación porque considera que esta norma podría afectar la temporada vacacional, toda vez que muchos turistas ingresan a la ciudad en sus vehículos privados.

"Creo que faltó socialización porque a pocos días de presentarse la temporada vacacional no era conveniente emitir ese decreto. Las experiencias en ciudades turísticas donde se han aplicado estas normas han sido negativas", indicó.

El decreto que prohíbe la circulación de vehículos particulares en el perímetro urbano de la ciudad según el último digito de la placa de cada automotor, ha generado polémica en esta capital, donde la gran mayoría de los samarios la han rechazado.

Pico y placa para taxis

El decreto 097 del 25 de mayo de 2015, restringe en días hábiles la circulación y tránsito de todo tipo de vehículos de servicio público tipo taxi, en todo el perímetro urbano de la ciudad en el horario entre las 6:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche, según el último digito de la placa de cada automotor.

Así entonces los días lunes será para las placas terminadas en 1 y 2, los martes en 3 y 4, los miércoles en 5 y 6, los jueves en 7 y 8; y los viernes en 9 y 0.

En la presente norma se modifica el artículo sexto del decreto 113 de 2014 referente al horario, el cual anteriormente estaba de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.

El decreto contempla excepciones a miembros de la fuerza pública, organismos de control, personal encargado para la atención de salud, vehículos utilizados para el traslado de personas con discapacidad, medios de comunicación, automotores que transportan residuos hospitalarios, transporte escolar, entre otros.