Esta normativa emitida por el ministerio de Ambiente entrará a regir en seis meses.
Esta normativa va dirigida a todos los visitantes y funcionarios que prestan los servicios ecoturísticos en los Parques Nacionales Naturales de Colombia.
Los plásticos prohibidos de un solo uso comprenden, las bolsas plásticas, envases, empaques y recipientes utilizados para empacar alimentos, botellas, vasos, platos y pitillos.
En caso de romper esta nueva norma, se aplicará una sanción establecida en la Ley 1333 del 209 que expresa que las personas que incumplan la normativa podrá enfrentarse a multas hasta por 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Esta norma comenzará a regir desde el próximo mes de abril.