La Unidad de Victimas desarrolló primer conversatorio con magistrados jueces y operadores

El objetivo principal de la jornada era cuestionar el uso de la tutela como vía de los sobrevivientes del conflicto armado.

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En el auditorio David José Pinedo Vidal del Edificio Benavidez, en Santa Marta, se realizó el primer conversatorio de la Unidad para las Víctimas este año en el departamento. Los funcionarios de la rama judicial expresaron sus inquietudes frente a la aplicación de la Ley 1448 del 2011, y todos los decretos que la reglamentan.


Por su parte, el director territorial de la Unidad para las Víctimas en Magdalena, Carlos Alejandro Ortiz, al dar la bienvenida a juezas, jueces, magistradas, magistrados y operadores judiciales, insistió en la importancia de mantener una comunicación fluida entre la institucionalidad para atender y reparar a las víctimas y las instituciones judiciales, con el fin de optimizar los trámites legales en atención humanitaria.

“Para nosotros, como Unidad, es transcendental conocer los interrogantes  que surgen desde el sector judicial en la aplicación de la política pública de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado y las experiencias de los jueces, las cuales nos permitirán fortalecer estrategias frente a las respuestas emitidas a las víctimas que buscan restablecer sus derechos por vía judicial” expresó Ortiz.

El Director territorial de la Unidad explicó además por qué no es necesario recurrir a la tutela para solicitar la indemnización administrativa. “Absolutamente todas las respuestas que se emiten desde la Unidad son basadas en los criterios establecidos en la Ley; si las solicitudes se encuentran asentadas dentro de la identificación de las carencias de las víctimas, la Unidad simplemente indemnizará sin necesidad de acceder a mecanismos transitorios como la tutela para proteger su derecho fundamental”, recalcó.

La identificación de carencias de las víctimas se basa no solo en la entrevista directa a las personas afectadas por el conflicto armado y en la información que éstas suministren a la Unidad para la Atención a las Víctimas, sino en los registros administrativos de las diferentes entidades del orden nacional y territorial.

En dichos registros se evidencian, para cada caso, las siguientes características: composición familiar más reciente con la cual cuenta la Unidad, las capacidades y fuentes de generación de ingresos, el acceso a los programas para la formación y generación de capacidades productivas, las ayudas o subsidios que el Estado ha entregado al hogar en los componentes de alojamiento y alimentación.