Supersalud interviene la ESE Alejandro Próspero Reverend

Supersalud designó como agente especial interventor a Román de Jesús de la Rosa Montenegro.

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La Superintendencia de Salud ordenó tomarse la entidad y será por un año por lo que ya hay un agente designado.

La Superintendencia Nacional de Salud ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la medida de intervención forzosa administrativa para administrar la ESE Alejandro Próspero Reverend de Santa Marta por el término de un año, a su vez se designó como agente especial interventor a Román de Jesús de la Rosa Montenegro.

El cambio en la Empresa Social del Estado, dejaría por fuera a otro de los funcionarios del gobierno de Rafael Martínez, el médico Jairo Romo. Montenegro llegó en la tarde de este miércoles a la sede de la ESE y se reunió con el gerente encargado de la entidad. Igualmente otros funcionarios de la Supersalud realizan la intervención a la entidad.
La Superintendencia Nacional de Salud ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la medida de intervención forzosa administrativa para administrar la ESE.
La Superintendencia Nacional de Salud ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la medida de intervención forzosa administrativa para administrar la ESE.

En un documento firmado por Germán Guerrero Gómez, se ordenó la intervención. En este dice que “las actividades inherentes al proceso de intervención se llevarán de manera normal e ininterrumpida con observancia a la normatividad aplicable al caso, por lo tanto, cualquier tipo de acción que atente contra la salud e integridad de los usuarios será puesta en conocimiento de los órganos competentes para su respectiva investigación”, dice un comunicado de la Supersalud”. (Ver documento).

Igualmente, advierte que, como efecto a la medida de intervención forzosa administrativa para administrar, el personal de la entidad objeto de intervención deberá aportar toda la información de manera veraz y oportuna en los términos en que sea solicitada siendo importante señalar que cualquier acto de obstrucción a la diligencia adelantada puede conllevar responsabilidad penal, fiscal, disciplinaria o administrativa, en virtud de las facultades de policía administrativa en virtud de las facultades de policía administrativa con que cuenta la Superintendencia o los traslados que se efectúen a las autoridades competentes.




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