Procuraduría pide vigilancia administrativa a juez que resolverá apelación de Martínez

Rafael Martínez, alcalde de Santa Marta suspendido.

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La cita de apelación está para este 24 de julio pero el juez encargado de hacer la audiencia pidió una licencia no remunerada.

La audiencia para resolver la apelación del proceso por el cual el alcalde de Santa Marta, Rafael Martínez, se encuentra suspendido y bajo una medida de aseguramiento, fue definida para el 24 de julio de 2019, pero para esta misma fecha, el juez encargado de la audiencia pidió una licencia no remunerada.

El juez está informado

Por lo anterior, el Consejo Superior de la Judicatura le comunicó al juez Julio Zagarra Silva, titular del Juzgado Primero del Circuito, la solicitud de vigilancia judicial administrativa hecha por la  procuradora 360 Judicial II Penal de la Procuraduría Claudia Patricia García Gómez.

En la solicitud, al juez le pide  que ratifique el número del radicado del proceso y el nombre de los acusados, al igual que informe el trámite del recurso de apelación, interpuesta en contra de la decisión que impuso medida de aseguramiento contra   del alcalde suspendido Rafael Martínez.

El Consejo Superior de la Judicatura en la comunicación apunta que la peticionaria manifiesta que se dictó medida de aseguramiento en contra de algunos indiciados pero no la de Carlos Caicedo y Carlos Slebi, entre otros.

Tras la decisión contra la que presentó el recurso de apelación  que aún no ha sido resuelta, la Procuraduría mostró su preocupación por el vencimiento de términos fijados, dado que la audiencia fue programada por el juzgado a su cargo para el 24 de julio de este año, época para la cual el juez gozará de una licencia no remunerada concedida por el Tribunal Superior de Santa Marta. 

 “Es del caso advertir que el señor Juez solicitó ante el Tribunal Superior del Distrito de Santa Marta (y le fue concedida) licencia no remunerada, para ausentarse de sus labores como Juez Primero Penal del Circuito de Santa Marta, desde el 1 al 30 de julio de 2019. Situación fáctica y procesal que pone en riesgo real que la audiencia ya programada no se llegue a celebrar, dado que para el 24 de julio habrá transcurrido cuatro meses sin que se haya resuelto el recurso de apelación, encontrándose vencidos razonablemente los plazos fijados en el artículo 160 y 178 de la Ley 906 de 2004”, dice la procuradora judicial en su escrito.

Las diligencias están encaminadas a determinar si existen acciones u omisiones contrarias a la oportuna y eficaz administración de justicia que puedan ser objeto de apertura del procedimiento de vigilancia judicial administrativa.





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