Ley de Garantías: ¿en qué consiste?

La Ley de Garantías cobija la contratación pública

Política
Tamaño Letra
  • Smaller Small Medium Big Bigger


Con la llegada de los años electorales también llegan las normas que garantizan la transparencia del proceso. La Ley de Garantías fue creada para evitar las malas prácticas y la suspicacia de la opinión pública.

Otro año electoral y desde la próxima semana el panorama político en Colombia cambia. El próximo jueves 27 de junio se inicia la inscripción de candidatos y entra a regir la Ley 996 del 2005, más conocida como Ley de Garantías, la cual durante cuatro meses, antes de las elecciones de autoridades locales y regionales, paraliza la contratación pública en las regiones.

Conozcamos un poco más de esta norma que simboliza la transparencia con que el Gobierno Nacional asegura el buen funcionamiento del sistema electoral.

¿Cuándo se creó?

La Ley de Garantías se tramitó y aprobó en el Congreso de la República para la reelección del presidente Álvaro Uribe Vélez. Entonces se tuvo que tramitar en el Congreso una ley que indicara cómo se iba a garantizar la igualdad de competencia para los demás candidatos, que no estaban en el poder, frente al candidato que aspiraba a ser reelegido.

Su objetivo

En su trámite y en el proceso en el Congreso se pensó que no solo debía aplicarse para la reelección sino para todas las elecciones en general. Por eso se extendió automáticamente a las elecciones de autoridades locales (alcaldías, gobernaciones, asambleas, concejos y juntas administradoras locales). 

¿Cuál es la figura más importante?

La figura más visible es la restricción a la contratación estatal.

¿Toda la contratación se suspende?

Se suspende la contratación directa. Es decir, los procesos contractuales por licitación continúan y no tienen restricción. Lo que sí queda suspendido en todas las entidades territoriales es la contratación de prestación de servicios. En el derecho público la contratación directa debería ser excepcional, pero hoy es una práctica general supremamente extendida. Entonces hay toda una crítica, que básicamente tiene que ver con que el Estado se paraliza cuatro meses.

¿Qué pasa si se incumple este punto?

Hay una falta disciplinaria. La Ley de Transparencia obliga a todas las entidades a publicar en tiempo real todos sus procesos contractuales en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (Secop). De incumplir sería un pecado que no se podría esconder, pero supongamos que ocurrió. Habrá una falla disciplinaria que le corresponde investigar a la Procuraduría o a la Personería. También, como involucra recursos públicos, hay una responsabilidad fiscal que le compete a la Contraloría, pero además podría incurrirse en el delito de celebración indebida de contratos y eso le corresponde a la Fiscalía.

 Cuándo vence

La Ley de Garantías termina el 27 de octubre, el día de la elección. El 26 se puede contratar.

 Qué limitaciones tienen los mandatarios

La ley dice que no pueden inaugurar obras, ni contratar, el tiempo en televisión está limitado, pero los alcaldes y los gobernadores no hacen alocuciones como a las que tiene derecho el presidente en el canal institucional. La ley es ambigua porque se refiere al mandatario a reelegir. Acá no reeligiéremos ni gobernadores ni alcaldes, vamos a reelegir posiblemente concejales y diputados porque la ley prevé que se puedan volver a postular, pero son dos reelecciones distintas.

Prohibido

La Ley también se extiende a la participación que realizan los servidores públicos en materia política. Según el Artículo 38, a los empleados del Estado les está prohibido:

  1. Acosar, presionar o determinar, en cualquier forma, a subalternos para que respalden alguna causa, campaña o controversia política.
  2. Difundir propaganda electoral a favor o en contra de cualquier partido político a través de publicaciones, estaciones oficiales de televisión y de radio o imprenta pública, a excepción de lo autorizado en la presente ley.
  3. Favorecer con promociones, bonificaciones o ascensos indebidos, a quienes dentro de la entidad a su cargo participan en su misma causa o campaña política, sin perjuicio de los concursos que en condiciones públicas de igualdad e imparcialidad ofrezcan tales posibilidades a los servidores públicos.
  4. Ofrecer algún tipo de beneficio directo, particular, inmediato e indebido para los ciudadanos o para las comunidades, mediante obras o actuaciones de la administración pública, con el objeto de influir en la intención de voto.
  5. Aducir razones del buen servicio para despedir funcionarios de carrera.

Conozca el calendario electoral

27 de junio: inicia inscripción de candidatos/listas. Vence términos para inscripción de GSC. Inicia ley de garantías.

27 de julio: inicia campaña electoral empleando espacio público. Se publica el censo. Vence plazo para inscripción de candidaturas/Listas.

31 de julio: inicia propaganda electoral a través de medios de comunicación.

27 de Agosto: cierre de inscripción de cédulas. Inician espacios gratuitos en medios asignados por el CNE.

27 de septiembre: revocatorias de inscripción de candidaturas.

12 de octubre: fecha límite para la realización de sorteo de jurados.

20 de octubre: fecha límite para la publicación de encuestas. Fecha límite para la realización de eventos masivos de campaña en espacios públicos (Según decreto de orden público que se pública semanas antes de las elecciones. Actualmente esta fecha no es oficial).

25 de octubre: fecha límite para postulación de testigos electorales. Finalizan espacios gratuitos en medios de comunicación.

26 de octubre: inicia la ley seca. Finaliza publicidad en espacio público y en medios de comunicación privados

27 de octubre: Elecciones locales