Llevar el primer apellido de la madre o el padre les da igual a los sondeados

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En el sondeo que se hace semanalmente a través de la página web www.elinformador.com.co, los seguidores de este medio de comunicación respondieron a la pregunta ¿Para usted es más importante llevar primero el apellido de su madre que el su padre?

Dejando tres opciones:me da igua, no, sí.

Por lo anterior, los sondeados escogieron la opcióon en que les da igual llevar el primer apellido ya sea de la madre o el padre, con un 63.6 por ciento, mientras que el 27.3 por ciento escogió que no es importante y el 9.1 por ciento escogió que si le es importante.

  Hasta la semana pasada la ley establecía que el apellido del padre iba primero y luego el de la madre. Si no hay acuerdo, una autoridad lo decidirá echándolo a la suerte.

Tras una demanda, el alto tribunal tumbó la ley que establecía que el primer apellido sería el del padre y el segundo, el de la madre. La demanda sostenía que esto violaba la igualdad y la equidad de género y atentaba contra la Constitución.

La ponencia del magistrado Alberto Rojas respaldó esta tesis y, en sala plena, los magistrados con votación de 8 a 1 declararon inexequible (inconstitucional) la norma.

La decisión tiene efectos diferidos hasta el 20 de junio de 2022. El tribunal le pidió al Legislativo que reglamente el tema.

Mientras tanto se entenderá que los padres tomarán la decisión de común acuerdo. De no llegar a un consenso, la autoridad encargada del registro civil lo echará a la suerte.

Es decir, que ya no estarán en la obligación de poner primero el del hombre, como lo dictaba la ley que indicaba que “en el registro de nacimiento se inscribirán como apellidos del inscrito, el primero del padre seguido del primero de la madre”.

La corte le dio plazo al Congreso hasta el 2020 para que legisle sobre el tema.

En su decisión la Corte determinó que se debe eliminar la expresión “seguido del” y le dio plazo al Congreso de dos legislaturas para que reglamente el tema, es decir hasta el 20 de junio de 2022, si no lo hace “deberá entenderse que el padre y la madre de común acuerdo podrán decidir el orden de los apellidos de sus hijos”.

La Corte señaló en su decisión que “si no hay acuerdo entre los padres, se resolverá por sorteo realizado por la autoridad competente para asentar el registro civil” del hijo.

La presidenta de la Corte, Gloria Ortíz aclaró que la norma demandada continuará vigente hasta el 2022 cuando finalice el plazo dado al Congreso para legislar