SANTA MARTA RUMBO A LOS 500 AÑOS

FALTAN:

Seguro ó Poliza para copropiedades, edificios, conjuntos o residenciales

Revista Construyendo
Tamaño Letra
  • Smaller Small Medium Big Bigger


En cualquier momento, puede ocurrir un temblor, un incendio, motín, una inundación, un deslizamiento o una anegación, bien sea cerca de su casa, apartamento o en su mismo hogar.

¿Qué pasaría después de esto? ¿Quién repara los daños en las estructuras de los edificios y zonas comunes? ¿Quién pagaría por los daños dentro del apartamento?

Justamente esta es la función del seguro o póliza, responder ante eventos inesperados o súbitos. En este momento es cuando se agradece el que se tenga.

En las unidades residenciales, edificios, conjuntos o unidades residenciales, entre otros, existen zonas comunes, los cuales son áreas de uso común, como los pasillos, piscinas, parques, algunas paredes y escaleras entre otras.En una ciudad como Bogotá, de 200.000 copropiedades que, solo 9.000 cuentan con algún tipo de seguro.
De acuerdo a la ley 675 del 2001, es obligatorio que una propiedad horizontal cuente con un seguro, de por lo menos incendio y terremoto, para proteger las áreas comunes esenciales.

Además existen los bienes de uso común que son los equipos eléctricos, electrónicos, maquinaria, muebles y enseres, las cuales se deben asegurar porque son una parte muy importante del patrimonio y sin ellas el edificio pierde valor o dejaría de existir.

Algunos de los items importantes a la hora de adquirir un seguro o póliza para las copropiedades, edificios, conjuntos o unidades residenciales son los de terremoto, incendio, inundación y responsabilidad civil y extracontractual.





Publicidad